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Tratamiento de Datos

Ayuntamiento de Humilladero

Tratamiento de Datos


Atención de quejas, sugerencias y solicitudes de información

Responsable del Tratamiento:

Ayuntamiento de Humilladero

Descripción del tratamiento de datos:

Recepción y tramitación de quejas, sugerencias y solicitudes de información recibidas en el Ayuntamiento.

Base jurídica:

El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento  art. 6.1.c) RGPD
Detalle Base de legitimación
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.

Finalidad:

Recepción y tramitación de quejas, sugerencias y solicitudes de información recibidas en el Ayuntamiento.

Origen:

Ciudadanos.

Categoría:

Infracciones: No están previstas Categorías especiales de datos: No están previstas Datos identificativos: Nombre y apellidos; NIF*; Dirección; Firma; Teléfono; Correo electrónico (*) NIE, Pasaporte o Nº Tarjeta de residencia. Otros Datos vinculados ...

Cesiones:

No existen comunicaciones de datos previstas.

Transferencia fuera del espacio europeo:

No aplica.

Plazo de uso:

Los datos personales se conservarán el tiempo que persista la actividad y, posteriormente, hasta que se haya cumplido el plazo de prescripción de posibles responsabilidades nacidas del tratamiento. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación, en particular el artículo 18 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía y art. 35 del Decreto 97/2000, de 6 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos. Se atenderá a los plazos de archivo temporal documental, de acuerdo al criterio de conservación, en cumplimiento de la Ley.
Asimismo, se atenderá a los plazos de conservación de la información establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, a efectos de los recursos oportunos.

Medidas de seguridad:

Las medidas de seguridad implantadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.