Esta web utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar la visita, aunque en ningún caso se utilizan para recoger información de carácter personal.

Más información

Tratamiento de Datos

Ayuntamiento de Humilladero

Tratamiento de Datos


Uniones de Hecho

Responsable del Tratamiento:

Ayuntamiento de Humilladero

Descripción del tratamiento de datos:

Inscripción, a instancia de parte, de las parejas de hecho que pretendan inscribir su situación.
Gestión de altas, bajas y modificaciones en el registro de parejas de hecho.

Base jurídica:

El interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específico, art. 6.1.a) RGPD.
Art. 9.1 a) el interesado dio su consentimiento explícito para el tratamiento de dichos datos personales con uno o más de los fines especificados.
Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento art. 6.1.e).
Detalle Base de legitimación
Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho de Andalucía.

Finalidad:

Inscripción, a instancia de parte, de las parejas de hecho que pretendan inscribir su situación.
Gestión de altas, bajas y modificaciones en el registro de parejas de hecho.

Origen:

Solicitantes, Testigos.

Categoría:

Datos de carácter identificativo, DNI, tarjeta de residencia / pasaporte, nombre y apellidos, dirección, teléfono, Género, descendencia, estado civil, categorías especiales de datos (Orientación sexual, salud –incapacidad-)

Cesiones:

A otras Administraciones Públicas, Juzgados y Tribunales.

Transferencia fuera del espacio europeo:

No aplica.

Plazo de uso:

Los datos personales se conservarán el tiempo que persista situación de pareja de hecho registrada, para sustituirse por la modificación o baja que se registre y, posteriormente, hasta que se haya cumplido el plazo de prescripción de posibles responsabilidades nacidas del tratamiento. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación, en particular el artículo 18 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía y art. 35 del Decreto 97/2000, de 6 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, y en el  Decreto 35/2005, de 15 de febrero, por el que se constituye y regula el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía.

Medidas de seguridad:

Las medidas de seguridad implementadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.